SEGURIDAD JURÍDICA

Carácter económico

Repatriación integral del capital invertido y de los beneficios de la inversión, después del pago de impuestos.

Repatriación del capital proveniente de la venta de acciones, obligaciones y otros títulos financieros, después del pago de impuestos.

Las inversiones efectuadas están protegidas para siempre según la normativa en vigor en el momento de la inversión.

Es posible la transferencia de los derechos propios y obligaciones contractuales a otros inversores extranjeros o rumanos.

Es posible la transferencia al extranjero de las sumas ganadas por derechos de autor.

Es posible la constitución de una sociedad con total participación extranjera.

Es posible para un extranjero tener propiedades inmuebles de cualquier tipo.

Es posible para un extranjero obtener concesiones de los recursos naturales.

Es posible para un extranjero aportar capital no solo dineraria, sino en derechos de propiedad industrial, incluso maquinaria.

Es posible invertir en todos los sectores.

España y Rumanía han estipulado una convención para evitar la doble imposición fiscal en materia sobre el impuesto de la renta y patrimonio.

Aspectos legales

Una legislación de inversión liberal, basada en acceso libre, no discriminatorio a mercados y sectores económicos facilita enteramente las inversiones.

Las inversiones realizadas en Rumanía no pueden ser nacionalizadas ni expropiadas y los inversores extranjeros tienen el derecho de transferir los beneficios al extranjero.

Rumanía es miembro de la Unión Europea desde el 01.01.2007.

Los procedimientos legales en Rumanía son los mismos que en España; firma de las propiedades en una Notaría, verificación de las propiedades en el Registro de la Propiedad.

Las personas físicas y jurídicas extranjeras no pueden adquirir terrenos en Rumanía, es necesario constituir una sociedad rumana, que puede ser de 100% capital extranjero.

Existen Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones (APPRI) entre España y Rumanía.

Aspectos fiscales

El Impuesto sobre valor añadido (IVA) es de: Tipo normal es de 19%, Tipo reducido es de 9%, Tipo súper reducido es de 5% (se aplica a las viviendas).

El impuesto sobre la renta de personas físicas (IRPF) y sobre beneficios de personas jurídicas (IS) siempre es de 16%.

El Impuesto sobre la plusvalía en caso de la venta del inmueble está entre el 1% y el 3%.

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) se sitúa entre el 0,25% y el 1,5% del valor declarado del inmueble.